23 may 2016

EL CRONISTA - NOVEDADES FISCALES

CONFISCATORIEDAD DE LIQUIDACIONES DE DEUDA TRIBUTARIA ADUANERA AVALADAS POR EL TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN 

Según lo establecido por la RG. (AFIP) 3271, los intereses a aplicar a la deuda son las tasas fijadas por el ME (3% y 4% mensual) sobre el monto de la deuda actualizada al día anterior al pago, resultando irracionales y por lo tanto anticonstitucional y confiscatoria, convirtiendo al Estado en "usurero", ya que las mismas alcanzan al 36% y 48% anual sobre dicho valor actualizado; aparte, además de obstruir pronunciamientos de la CSJN al respecto, quien, en numerosos precedentes ha fallado limitando los intereses a la tasa del 6% anual cuándo estos se apliquen sobre deudas actualizadas. En esta primera parte de la nota el autor desarrolla las normas aplicables por éste tipo de deudas, mientras que en la segunda entrega se analizan sentencias del TFN.



EL RÉGIMEN INFORMATIVO PARA LOS EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA, JUBILADOS Y PENSIONADOS

El próximo 30 de junio operará el vencimiento de la declaración jurada informativa de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondiente al período fiscal 2015 que deberán presentar determinados contribuyentes que se desempeñan bajo relación de dependencia, jubilados y pensionados.



FUENTE: WWW.CRONISTA.COM








10 may 2016

ÁMBITO FINANCIERO - NOVEDADES FISCALES

IGJ: CAMBIOS A CAPITAL DE INICIO Y VUELVE EL OBJETO MÚLTIPLE

 El pasado 29 de Abril vio la luz en el Boletín Oficial la Resolución General 8/16 de la Inspección General de Justicia (IGJ), la cual básicamente se ha ocupado de introducir modificaciones en lo que tiene que ver con dos aspectos muy relevantes, a la hora de constituir una sociedad: la definición del objeto social y el monto del capital inicial.



CABA: EL COBRO DE SELLOS EN OPERACIONES Y SERVICIOS CON CONSUMIDORES FINALES 


Diversas asociaciones civiles de defensa de los consumidores han formulado presentaciones exigiendo el cese del cobro del Impuesto de Sellos sobre operaciones activas y de servicios realizadas por las entidades financieras con personas físicas en su condición de consumidores finales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.




FALLO "SARACHAGA" : AMPLÍA EL EJERCICIO PROFESIONAL DE ABOGADOS

La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires se ha pronunciado en un reciente e importante precedente (Sarachaga Ana Isabel c/ ARBA s/ amparo por mora. -cuestión de competencia) en el cual se discutía el fuero competente para dilucidar las causas en que los contribuyentes de la Provincia demandaban a la Agencia de Recaudación.





LAS ÚLTIMAS NOVEDADES PARA LOS SUJETOS DEL CONVENIO MULTILATERAL 

Atento a la proximidad del vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual 2015 del Convenio Multilateral (CM05), consideramos pertinente efectuar un repaso sobre las últimas Resoluciones Generales emitidas por la Comisión Arbitral que resultan aplicables al tema en cuestión. 




EFECTOS DE REDUCCIÓN DEL IVA A LAS CARNES AVIAR Y PORCINA

El Impuesto al Valor Agbregado es un tributo que está diseñado para ser pagado por el consumidor final. Incluso este tributo debería ser absolutamente neutropara cualquiera de los integrantes de la cadena económica productiva o comercial. En los hechos sabemos que ello no sucede, por diversos motivos. 



FUENTE: WWW.AMBITO.COM

9 may 2016

CRONISTA COMERCIAL - ECONOMÍA Y POLÍTICA

PROFESIONALES INSISTEN EN LA URGENCIA PARA CORREGIR DEDUCCIONES DE GANANCIAS

La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, que preside el cordobés José Luis Arnoletto, reiteró su exigencia de que se actualicen las escalas tanto de los mínimos de las deducciones personales del Impuesto a las Ganancias de las personas físicas, como para retenciones de ganancias en actividades como venta de mercaderías, alquileres, honorarios de directorio y honorarios profesionales, entre otros.



POSTERGAN PRESENTACIÓN DE PERSONAS Y SOCIEDADES


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que dirige Alberto Abad, postergó el vencimiento para la presentación y el pago de las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2015 a la segunda quincena del mes.
Los sujetos inscriptos en el Impuesto a las Ganancias y/o sobre los Bienes Personales, quienes al 31 de diciembre pasado posean bienes por un monto igual o superior a $ 305.000 y tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de diciembre y que no coticen en Bolsa o mercado de valores deberán presentar la declaración jurada entre el 16 y el 20 próximos, e ingresar el pago entre el 17 y el 23 de este mes.



FUENTE:WWW.CRONISTA.COM

CRONISTA - FISCAL & PREVISIONAL

EL TRATAMIENTO DE LOS RESULTADOS DE CONTRATOS DE ROFEX EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

El debate en torno al tratamiento de los resultados obtenidos por los contratos a futuro en el impuesto sobre los Ingresos Brutos es un tema que recién empieza. La escasa normativa en materia de impuestos referida a estos contratos, emitida, además, fuera del contexto, obliga a que los especialistas a realizar la mejor interpretación sobre normas que fueron redactadas en un contexto económico diferente donde, incluso, no existían estos tipos de instrumentos. De ahí la necesidad de que los fiscos nacionales y provinciales se expidan de forma concreta sobre su posición sobre los resultados obtenidos por estos contratos a futuro.




¿NACE UNA NUEVA GUÍA DE ESCAPE DEL PROCESO TRIBUTARIO?

Actualmente y como consecuencia de las reformas introducidas por la ley 26.735 (promulgada el 27 de diciembre de 2011), el Régimen Penal Tributario exime de responsabilidad penal al sujeto obligado que regularice espontáneamente su situación, dando cumplimiento a las obligaciones evadidas, siempre que su presentación no se produzca a raíz de una inspección iniciada, observación de parte de la repartición fiscalizadora o denuncia presentada (art. 16 de la Ley 24.769).


FUENTE: WWW.CRONISTA.COM

27 abr 2016

EL CRONISTA

AFIP: LA INESTABILIDAD EN LOS PLANES DE FACILIDADES NO AYUDA AL CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO

En muy poco tiempo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cambió varias veces las reglas de juego en una cuestión fundamental para épocas tan difíciles como la que se están viviendo: los planes de facilidades de pago de deudas impositivas.



Las alianzas sectoriales no solo permiten ahorrar costos, evitar confrontaciones y mantener clientes, sino que, en épocas turbulentas, pueden transformarse en el factor que permita atravesar la crisis y hasta fortalecer a las organizaciones.


Fuente: CRONISTA.COM

IPROFESIONAL - IMPUESTOS

LA AFIP PAGO AMPLIO A CUATRO EL LIMITE DE PLANES DE PAGO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES



Debido al aumento de la polémica práctica, recuerdan y explican cual es el régimen legal vigente cuando se realizan allanamientos. Sepa cómo estar preparado ante tales eventos    

LA AFIP HABILITO LA INSCRIPCIÓN DE SOCIEDAD SIMPLES COMO MONOTRIBUTISTAS
Sólo se requiere que dichas sociedades cumplan con determinados requisitos previstos la legislación vigente. Uno de ellos, establece que como máximo se permite tres socios en la compañía                                          


26 abr 2016

ÁMBITO FINANCIERO - NOVEDADES FISCALES

FIDEICOMISO: LA IGJ MODIFICÓ EL CRITERIO ACERCA DE INSCRIPCIÓN 

El 1° de agosto pasado entró en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (1) . Para aquel desprevenido lector que presupone que dicho suceso constituye simplemente la sanción de una nueva normativa, se le debe advertir que su percepción dista sobradamente de la realidad. Es que con la vigencia de la Ley 26.994 no solo se modificaron unas cuantas normas de familia, sociedades y/o derechos en general, sino que se estructuró una nueva concepción de la sociedad y las relaciones civiles y comerciales que en ella se desarrollan.


FUENTE: WWW.AMBITO.COM

CRONISTA - ECONOMÍA & POLÌTICA

LA PROPUESTA DEL GOBIERNO REBAJARÁ HASTA EL 34% DEL COSTO LABORAL DE LAS EMPRESAS

En medio de la fuerte polémica que mantiene con la dirigencia gremial que reclama la sanción de una ley antidespidos, el Gobierno apuró ayer el anuncio del proyecto que enviará en las próximas horas al Congreso para fomentar la inserción de los jóvenes de entre 18 y 24 años al mercado de trabajo, mediante el subsidio de las contribuciones patronales por un período de tres años, beneficio que significará para las empresas una rebaja de hasta el 34% del costo laboral.



LA AFIP ENDURECE LAS CONDICIONES PARA FINANCIAR DEUDAS IMPOSITIVAS

Por la última modificación al plan de facilidades de pago de la AFIP, a partir del 1º de abril las deudas por obligaciones impositivas, por ejemplo los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales de personas físicas de este mes, cuyos vencimientos operen en el mes de la solicitud de adhesión y/o mes anterior, no podrán pagarse en seis cuotas sino en tres.



FUENTE: WWW.CRONISTA.COM


CRONISTA - IT BUSINESS

TALENTO: EL NUEVO RETO 3.0

Las empresas y consultoras de RR.HH se aggiornan para buscar a nuevas generaciones de empleados en los lugares donde ocurre la conversación. Facebook, LinkedIn e incluso Snapchat son la arena en donde se desarrolla la guerra por los mejores.



FUENTE: WWW.CRONISTA.COM

11 abr 2016

INFOLEG - RESOLUCIÓN GRAL 3860/2016

IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y SOBRE LOS BIENES PERSONALES 

PRESENTACION DE DECLARACIONES JURADAS Y PAGO - PLAZO ESPECIAL



IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y SOBRE LOS BIENES PERSONALES. PERIODO FISCAL 2015. PERSONAS HUMANAS Y SUCESIONES INDIVISAS. PRESENTACION DE DECLARACIONES JURADAS Y PAGO. PLAZO ESPECIAL.



CRONISTA - FISCAL & PREVISIONAL

LOS PRINCIPALES ASPECTOS A CONSIDERAR PARA LOS VENCIMINETOS FISCALES DE PERSONAS FÌSICAS Y EMPRESAS

Teniendo en cuenta que, en los meses de abril y mayo, se concentran los principales vencimientos de las obligaciones impositivas de presentación de declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales para los contribuyentes, personas físicas y empresas con cierres al 31 de diciembre de 2015, respecto de los Impuestos a las ganancias y Ganancia Mínima Presunta, además de la confección del Convenio Multilateral, se detallan los principales aspectos que deberán ser considerados en estas liquidaciones.




LA AFIP REVIRTIÓ LAS SÚPER FACULTADES

A casi 3 años de su vigencia la AFIP, a través de la Resolución General Nº 3829/16, revirtió las súper facultades que se había arrogado y encausó el procedimiento de elevación a la Cámara de Seguridad Social de las apelaciones que interpusieren los contribuyentes contra intimaciones de deudas por aportes y contribuciones y/o sanciones.


FUENTE: WWW.CRONISTA.COM

22 mar 2016

ÁMBITO FINANCIERO - NOVEDADES FISCALES

¿HACIA UN DIÁLOGO DE CONVERGENCIA Y COORDINACIÓN FISCAL?

Recientemente hemos asistido al nacimiento de un nuevo organismo de raigambre federal, que será un actor más en el escenario de las relaciones fiscales entre la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


BUENOS AIRES: IMPORTANTES CAMBIOS EN LOS PLANES DE FACILIDADES DE PAGO

La resolución normativa N° 6 de ARBA del 26/2/16, con vigencia a partir del 1 de marzo del corriente año, modifica en forma integral el esquema que se venía aplicando a través de distintas resoluciones, según el impuesto de que se tratare, las cuales se prorrogaban indefinidamente.



MÍNIMO NO IMPONIBLE: GRAVES ERRORES JURÍDICOS


asta la sanción de la ley 26.731, luego de las elecciones de octubre de ese año, el Congreso decidió dejar de lado su natural prerrogativa en materia de leyes tributarias y por medio de su art. 4 delegó al Poder Ejecutivo la facultad de actualizar las deducciones personales que conforman lo que en la calle se denomina mínimo no imponible (art. 23 ley ganancias).




FUENTE: WWW.AMBITO.COM

21 mar 2016

IPROFESIONAL - ACTUALIDAD

LA IGJ A LOS FIDEICOMISOS DEL DEBER DE INSCRIBIRSE Y DE REQUISITOS CONTABLES

Los fideicomisos cuyo administrador tenga domicilio en la Ciudad de Buenos Aires 

no se inscribirán en IGJ con una sola excepción. Se derogó un registro de fiduciarios.




FUENTE: WWW.PROFESIONAL.COM    

IPROFESIONAL - IMPUESTOS

AFIP ACTUALIZA VALORES QUE DEBEN SOPORTAR MES A MES LOS AUTÓNOMOS

A semanas del primer vencimiento bajo nuevos montos -y 

sin mediar la respectiva resolución general-, 

el fisco nacional informó a través de su sistema 

web los importes que tienen que abonar los trabajadores

independientes a partir de septiembre.




Marcelo Costa, subdirector general de Fiscalización del fisco nacional, 

adelantó que se dictará próximamente una resolución mediante la cual se 

dispondrá que el vencimiento se desdoblará en 

tres segmentos: el primero vencerá el 1 de abril; el segundo,

 el 1 de julio y el tercero, el 1 de noviembre.






14 mar 2016

INFOLEG - RESOLUCIÓN GENERAL 3835/2016

IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES 

DECLARACION JURADA 2015 - VALUACIONES COMPUTABLES E INFORMACIONES COMPLEMENTARIAS


IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES. LEY N° 23.966, TEXTO ORDENADO EN 1997 Y SUS MODIFICACIONES. TITULO VI. PERIODO FISCAL 2015. PACTO FEDERAL PARA EL EMPLEO, LA PRODUCCION Y EL CRECIMIENTO. DECRETO N° 1.807/93. VALUACIONES COMPUTABLES E INFORMACIONES COMPLEMENTARIAS.

CRONISTA - FISCAL & PREVISIONAL

CORTE RESTABLECIÓ LA LIBRE CIRCULACIÓN DE ALIMENTOS PARA CONSUMO HUMANO INGRESADOS EN PROVINCIA DE MENDOZA 

La creación de tasas por diferentes jurisdicciones provinciales generaron la interposición de acciones declarativas de certeza y de inconstitucionalidad, lo que provocó que la Procuradora General de la Nación determinará que la misma constituye la vía legal más idónea para proteger los derechos de las empresas afectadas, posteriormente la Corte sostuvo que este recaudo es apto para evitar el perjuicio denunciado. La autora reseña los principales antecedentes del tema y señala la necesidad de derogación de estas tasas a efectos de evitar nuevos procedimientos judiciales.




LA REMUNERACION DE LAS HORAS EXTRAORDINARIAS Y SU CALCULO

Nuestra regulación normativa del contrato de trabajo establece un límite a la jornada de trabajo, concretando un derecho constitucional. La Constitución establece que "El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada…" (CN, artículo 14 bis) La ley dispone que "la extensión de la jornada de trabajo es uniforme para toda la Nación y se regirá por la Ley 11.544..."


FUENTE: WWW.CRONISTA.COM






23 feb 2016

ÁMBITO FINANCIERO - NOVEDADES FISCALES

PRESCRIPCIÓN, TRIBUTOS LOCALES Y NECESIDAD DE UNA SOLUCIÓN LEGAL 

Cuando el 30/9/2003 la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) resolvió el caso Filcrosa (Fallos 326:3899), recordó su doctrina de pronunciamientos anteriores, según la cual ...las legislaciones provinciales que reglamentaban la prescripción en forma contraria a lo dispuesto en el Código Civil eran inválidas, pues las provincias carecen de facultades para establecer normas que importen apartarse de la aludida legislación de fondo, incluso cuando se trata de regulaciones concernientes a materias de derecho público local (Fallos: 175:300; 176:115; 193:157; 203:274; 284:319; 285:209 y 320:1344) (consid. 5, el destacado es propio). 





LA SITUACIÓN ACUTAL DE LA NORMATIVA TRIBUTARIA MERECE UNA REVISIÓN 

Los anuncios económicos de la nueva gestión vislumbran, después de muchísimos años, una idea sustentada en una política económica de desarrollo y no el reiterado crecimiento, que sólo aportó meras y fugaces mejoras, para caer en las recurrentes crisis que nos muestra la historia de los últimos cincuenta años en la Argentina, donde la inflación (el impuesto sin ley) ha estado presente, y la mejoría se apreciaba hasta que se agotaba el arrastre bondadoso de la crisis anterior.






FUENTE: WWW.AMBITO.COM 

22 feb 2016

CRONISTA - FISCAL & PREVISIONAL

LA ELIMINACIÓN DE RETENCIONES A LAS EXPORTACIONES POR DNU Y LA INSEGURIDAD JURÍDICA PARA SUS BENEFICIOS

La plausible medida sancionada adolece de deficiencias legales de instrumentación, ya que ha sido dictada mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que atenta contra la seguridad jurídica de sus beneficiarios y que la experiencia de algunos sectores exportadores, como el minero, demuestran que deben ser ratificadas por ley del Congreso de la Nación con salvaguardas especiales para que posteriormente no sea desvirtuada.



BENEFICIOS IMPOSITIVOS PARA QUIENES INVIERTAN EN ALGUNA SOCIEDAD DE GARANTÍA RECÍPROCA

Desde hace largos años en nuestro ordenamiento jurídico no hay previstos regímenes generales de desgravación, promoción, diferimiento, etc. impositivo que permitan a los contribuyentes amortiguar su carga fiscal en el impuesto a las ganancias. Nos abocaremos en esta colaboración a describir uno de los pocos instrumentos legales que hoy disponen los contribuyentes para protegerse del impacto del impuesto a las ganancias y que consiste en realizar una inversión en una sociedad de garantía recíproca ( SGR )



EXCLUSIÓN DE PLENO DERECHO Y RECATEGORIZACIÓN DE OFICIO

Cuando la AFIP constate a partir de la información obrante en sus registros y de los controles que se efectúen por sistemas informáticos, la existencia de alguna de las causales de exclusión del Monotributo la misma operará de pleno derecho, conforme lo establecido por el segundo párrafo del Artículo 21 del Anexo de la Ley 24.977.Las causales de exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes están previstas en el artículo 20 del Anexo de la Ley 24.977 y se aplican cuando se den alguna de las circunstancias que se detallan a continuación:
a) La suma de los ingresos brutos obtenidos de las actividades incluidas en el presente régimen, en los últimos doce (12) meses inmediatos anteriores a la obtención de cada nuevo ingreso bruto -considerando al mismo- exceda el límite máximo establecido para la Categoría I o, en su caso, J, K o L.




FUENTE: WWW.CRONISTA.COM

20 ene 2016

ÁMBITO FINANCIERO - NOVEDADES FISCALES

LAS EXPORTACIONES DE SERVICIOS Y EL "CONTADO CON LIQUI"

El incremento sostenido del valor que puede obtenerse por la venta de títulos valores nominados en moneda extranjera respecto de la propia divisa , ha tentado a varios empresarios que exportan servicios, a orientar sus operaciones en sentido tal de acceder a esta renta marginal, en el sentido económico del término, pero que poco tiene de aquella característica, en su sentido tradicional.




LA APLICACIÓN DE INGRESOS BRUTOS A LOS BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR

El contexto internacional actual, caracterizado por una economía globalizada en la cual se van imponiendo de manera rápida las operaciones llevadas a cabo a través de medios electrónicos o digitales, ha generado múltiples desafíos a las administraciones tributarias.




IGJ: ADECUACIÓN DE SU NORMATIVA AL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COEMERCIAL 

Como es de público conocimiento, el pasado 1 de agosto entró en vigencia el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, lo que trajo aparejado, para distintos organismos, la necesidad de adecuación de sus normas. En tal sentido, la Inspección General de Justicia (en adelante IGJ) ha emitido la Resolución General N° 7/2015, la cual reemplaza a la Resolución General N° 7/2005, que rigió durante casi 10 años la normativa del organismo.



FUENTE: WWW.AMBITO.COM