UNA NORMA INTERNA DE LA AFIP PERMITE A LAS EMPRESAS A OPERAR CON CUIT DADO DE BAJA
El procedimiento, que se dio a conocer a través de una nueva Instrucción General Conjunta, establece que las firmas deberán formalizar una solicitud presentando un formulario en el que se indicarán los servicios para los que se requiere la habilitación
FUENTE: WWW.IPROFESIONAL.COM