MONOTRIBUTO: LA AFIP YA PONE LA MIRA SOBRE LA RECATEGORIZACIÓN DE MAYO
Los pequeños contribuyentes quedarán excluidos de pleno derecho del régimen cuando adquieran bienes, realicen gastos o registren depósitos bancarios por un importe igual o superior al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados.
FUENTE: WWW.IPROFESIONAL.COM.AR
16 abr 2013
IPROFESIONAL-IMPUESTOS
13:29Centro de Información BIbliográfica "Dr. Juan Bautista Alberdi"AFIP, INGRESOS BRUTOS, MONOTRIBUTO, RECATEGORIZACION