EL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL PUEDE MARCAR UN ANTES Y UN DESPUÉS EN CONTRATOS EN DÓLARES ENTRE PRIVADOS
La introducción de cláusulas que obliguen a pagar en moneda extranjera frente a la posibilidad de que se cancele deuda en pesos, por las restricciones cambiarias, colisionan y generan polémica e incertidumbre. ¿Qué cambió el Ejecutivo de la iniciativa original? Cobertura de los acreedores
FUENTE: WWW.IPROFESIONAL.COM
3 oct 2013
IPROFESIONAL-LEGALES
13:30Centro de Información BIbliográfica "Dr. Juan Bautista Alberdi"CODIGO CIVIL Y COMERCIAL, CONTRATOS, DEUDAS, DOLARES