LAVADO: CORTE CAUTELAR QUE PERMITE A CONTADORES NO INFORMAR OPERACIONES SOSPECHOSAS
La Ley del Impuesto a las Ganancias establece que resultan deducibles en la determinación del gravamen los castigos y previsiones contra los malos créditos. El Decreto Reglamentario dispone que resulta procedente la deducción de aquellos que tengan su origen en operaciones comerciales.
FACRURA ELECTRÓNICA: ARRANCA UNA NUEVA ETAPA QUE OBLIGA A LOS PROFESIONALES A EMITIRLAS
La medida entrará en vigencia desde agosto. Desde tres años la obligación también era para monotributistas que facturaban entre 240.001 y 600.000 pesos.
FUENTE: WWW.IPROFESIONAL.COM
4 ago 2014
IPROFESIONAL - IMPUESTOS
15:24Centro de Información BIbliográfica "Dr. Juan Bautista Alberdi"CREDITOS, IMPUESTO A LAS GANANCIAS, LAVADO DE DINERO