Características generales y especiales del Régimen Fiscal para Fabricantes locales de Bienes de Capital
A través del Decreto Nº 824/2016 el Gobierno Nacional, una vez más prorrogó el régimen que consiste en mejorar la competitividad de la industria local productora de bienes de capital a fin de que pueda participar en condiciones equitativas en la provisión de tales bienes, promoviendo así su fabricación nacional, Teniendo en cuenta esta nueva postergación de vigencia del régimen, se detallan sus principales características y algunos aspectos especiales que deben ser considerados.
Los importes que las empresas pueden deducir en concepto de honorarios de directores, miembros del consejo de vigilancia y administradores de las sociedades de capital tienen el límite del 25% de la utilidad contable o $12.500 por cada uno de los perceptores el que fuere mayor.