REFLEXIONES ACERCA DE LOS SISTEMAS ORGANIZADOS DE PAGO
En sus orígenes, el impuesto sobre los débitos y créditos en cuentas bancarias gravaba únicamente los créditos y débitos en cuenta corriente bancaria (art. 1, Ley 25.413(1), texto original), y fue pensado como una herramienta recaudatoria, de acuerdo con lo expuesto por el mensaje de remisión del proyecto al Congreso.
ESTUDIOS PROFESIONALES ORGANIZADOS COMO EMPRESAS: CUARTA CATEGORÍA
Ningún estilo de párrafo][Párrafo básico]#REDONDASubtituloTMLa Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, confirmó lo decidido por el Tribunal Fiscal de la Nación, dejando sin efecto la resolución por medio de la cual la AFIP determinó de oficio la obligación tributaria del contador público Jorge Daniel Paracha, en el Impuesto a las Ganancias por los períodos fiscales 2002 y 2003, liquidó intereses resarcitorios, y le aplicó una multa en los términos del art. 45 de la Ley 11.683.
TRABAJADORES DE CASAS PARTICULARES: VACACIONES Y OTRAS AUSENCIAS PAGAS
En su Título VII, la Ley 26.844 regula las licencias y respecto del descanso anual se alinea con el régimen de trabajo general, al menos en lo relativo a someter la duración de las vacaciones a la antigüedad del dependiente computada al 31 de diciembre del año al que corresponde la licencia, utilizando una tabla idéntica a la de la Ley 20.744.
FUENTE: WWW.ÁMBITO.COM
9 sept 2014
ÁMBITO FINANCIERO - NOVEDADES FISCALES
17:02Centro de Información BIbliográfica "Dr. Juan Bautista Alberdi"CUARTA CATEGORÍA, ESTUDIOS PROFESIONALES, SISTEMAS DE PAGOS, TRABAJADORES DE CASAS PARTICULARES, VACACIONES