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23 may 2016

EL CRONISTA - NOVEDADES FISCALES

CONFISCATORIEDAD DE LIQUIDACIONES DE DEUDA TRIBUTARIA ADUANERA AVALADAS POR EL TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN  Según lo establecido por la RG. (AFIP) 3271, los intereses a aplicar a la deuda son las tasas fijadas por el ME (3% y 4% mensual) sobre el monto de la deuda actualizada al día anterior al pago, resultando irracionales y por lo tanto anticonstitucional y confiscatoria, convirtiendo al Estado en "usurero", ya que las mismas alcanzan al 36% y 48% anual sobre dicho valor actualizado; aparte, además de obstruir pronunciamientos de la CSJN...