TRABAJO EVENTUAL: LA FIRMA LO MANTUVO POR TRES AÑOS Y AHORA DEBE INDEMNIZARLO
La Justicia tuvo en cuenta que la empleadora no pudo acreditar las necesidades extraordinarias que justificaran dicha modalidad contractual por ese tiempo. Ahora, no sólo debe pagarle al dependiente un resarcimiento sino que, además, deberá afrontar una sanción por trabajo en negro
FUENTE: WWW.IPROFESIONAL.COM
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