El Gobierno reglamentó las formalidades, plazos y demás condiciones que deberán observar micro, pequeñas y medianas empresas para acceder a los beneficios impositivos consistentes en un pago a cuenta de 10% del Impuesto a las Ganancias. Esto es por las inversiones productivas que realicen entre el 1º de julio de 2016 y el 31 de diciembre de 2018, y/o la conversión de los créditos fiscales vinculados con dichas inversiones en un bono intransferible utilizable para la cancelación de tributos nacionales, incluidos los aduaneros.
Fuente: El Cronista