BIENES PERSONALES: UNA GUÍA CON TODO LO QUE NECESITA SABER SOBRE EL "IMPUESTO A LA RIQUEZA"
Si usted tiene bienes superiores a $ 305.000, debe aportar. Pero no tiene que pagar nada por los saldos bancarios en cajas de ahorro y de plazos fijos, ni por la tenencia de títulos, bonos y demás valores emitidos por la Nación, las provincias, las municipalidades y la Ciudad de Buenos Aires.
FUENTE: www.cronista.com
3 feb 2011
EL CRONISTA COMERCIAL
13:39Centro de Información BIbliográfica "Dr. Juan Bautista Alberdi"