DESPIDOS POR FALTA DE TRABAJO PRODUCTO DE LAS MEDIDAS DE POLÍTICA ECONÓMICA
Entre las situaciones que la LCT considera para su invocación por el empleador con la finalidad de disponer despidos, se encuentran la "falta o disminución de trabajo no imputable al empleador" y la "fuerza mayor". La motivación del despido en cualquiera de ellas y su acreditación, ocasionará una disminución de la indemnización por despido.
FUENTE: WWW.CRONISTA.COM
10 abr 2017
EL CRONISTA - FISCAL & PREVISIONAL
14:33Centro de Información BIbliográfica "Dr. Juan Bautista Alberdi"