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Mostrando las entradas etiquetadas como INCONSTITUCIONALIDAD

ÁMBITO FINANCIERO - NOVEDADES FISCALES

DERIVACIONES DE LA VIGENCIA DEL DIGESTO JURÍDICO ARGENTINO   Mediante la Ley 26.939 se ha dictado el Digesto Jur ídico Argentino, el cual agrupa las leyes vigentes e identifica a aquellas que no lo están. Celebro este ordenamiento porque despeja incógnitas sobre la legislación vigente y sus textos ordenados.  LA RESPONSABILIDAD POR DEUDA AJENA En ocasiones, para asegurar la recaudaci ón, los ordenamientos tributarios en general ponen también en cabeza de un tercero -Responsable por deuda Ajena- quien no ha configurado el hecho generador de la obligación de pago del tributo y que por lo tanto no es deudor principal del mismo, el cumplimiento del pago del impuesto adeudado por el contribuyente, su deudor principal. UNA NOVEDOSA OPINIÓN EN INTERESES ACERCA DE LA VENTA DE ACCIONES En reciente causa Cermesoni c/AF I P TFN, sala D, del 29.4.14 los Dres. Urresti y G ómez se expiden respecto de una determinación de AFIP del Impuesto a las Ganancias del año 2000, relacionad...

CRONISTA - FISCAL

LA JUSTICIA DECLARÓ LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA CLAUSURA PREVENTIVA DE LA ARBA ESTABLECIDA EN EL CÓDIGO FISCAL En la causa "Laboratorio Bioquímico Mar del Plata s/ Apelación", la juez interviniente resuelve declarando la inconstitucionalidad del art. 78 del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires por transgredir lo establecido en los arts. 18, de la Constitución Nacional, y 15, de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo declara la nulidad del procedimiento realizado por los inspectores de ARBA. FUENTE: WWW.CRONISTA.COM

IPROFESIONAL - IMPUESTOS

IMPUESTOS A LAS GANANCIAS: TRIBUTARISTAS ADVIERTEN QUE LAS DISTORSIONES SE ACUMULAN  Por un decreto del año pasado, a partir de septiembre para determinar lo que se debe pagar de Impuesto a las Ganancias se considera lo que el trabajador ganó -en promedio- entre enero y agosto de 2013.                           LO DICE LA JUSTICIA: LA AFIP NO PUEDE CANCELAR EL NÚMERO DE CUIT DE UNA EMPRESA PORQUE ES INCONSTITUCIONAL En un nuevo y duro revés judicial para el fisco, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo declaró la inconstitucionalidad de la resolución. "Una medida de este tipo significa la desaparición de la identidad tributaria del contribuyente", señalaron los magistrados. El caso FUENTE: WWW.IPROFESIONAL.COM