Ir al contenido principal

ERREPAR - DOCTRINA SOCIETARIA Y CONCURSAL

DOCTRINA

 

 

ALBERTO V. VERÓN

La dispersión regulatoria del criterio dimensional de la empresa en la ley general de sociedades

 

 

FLORENCIA CORRADO

Los jueces, ¿interpretan o legislan?

 

 

RODOLFO G. PAPA

Una aproximación sobre el alcance del “seguro de manifestaciones y garantías” (“representations & warranties insurance”) y su impacto en la compraventa de paquetes accionarios de control

 

 

BERNARDO P. CARLINO

La transformación de la sociedad anónima devenida unipersonal

 

 

FUENTE: ERREPAR – Doctrina Societaria y Concursal Nº 416


Contacto: biblioteca@consejocaba.org.ar

Horario de atención de lunes a viernes de 9:30 a 17:30 hs.


Comentarios

Entradas populares de este blog

CABA - CÓDIGO FISCAL - LEY TARIFARIA

  LEY 6805 2024 VIGENCIA A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2025 - MODIFICA -   CÓDIGO FISCAL - TEXTO ORDENADO 2024 - CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR S.A.U - CONSTITUCIÓN DE DEPÓSITOS EN GARANTÍA - DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE - RECLAMOS - DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTES - INTERRUPCIÓN DE PLAZOS - ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE O RESPONSABLE - VISTA DEL EXPEDIENTE - NOTIFICACIONES - BONIFICACIÓN A CONTRIBUYENTES POR BUEN CUMPLIMIENTO -   IMPUESTO INMOBILIARIO - TASA RETRIBUTIVA DE LOS SERVICIOS DE ALUMBRADO, BARRIDO Y LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE SUMIDEROS - RÉGIMEN SIMPLIFICADO DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - BONIFICACIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD - CONDONACIÓN DE IMPUESTOS, INTERESES, TASAS, DERECHOS Y CONTRIBUCIONES - REGÍMENES DE PROMOCIÓN ECONÓMICA -   COORDINACIÓN ECOLÓGICA ÁREA METROPOLITANA S.A - JUEGOS DE CASINOS Y MÁQUINAS ELECTRÓNICAS DE RESOLUCIÓN INMEDIATA TRAGAMONEDAS - PAGO DE PATENTES - DERECHO DE INSTALACIÓN - TASA JURISDICCI...

CPCECABA - HONORARIOS

  HMS: Actualización del módulo a partir del 1° de febrero   En virtud de la Resolución M.D. N° 20/2024, el nuevo valor del módulo de los Honorarios Mínimos Sugeridos- que comenzará a regir desde el 1° de febrero del 2025 - fue establecido en $ 9.828.   Recordamos que mediante dicha Resolución, nuestra Institución estableció un procedimiento automático de ajuste del valor del módulo en la que se expresan los HMS, utilizando como parámetro de referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) difundido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).   Cabe recordar que el módulo es la unidad de medida utilizada para expresar los HMS, según se desprende del informe aprobado por la Resolución Nº 63/2007 del Consejo Directivo.     FUENTE: https://www.consejo.org.ar/