10 jul 2017

ERREPAR - LIQUIDACION DE SUELDOS

Errepar - Liquidación de Sueldos - Nº 134


Carlos J. Subelet - María C. Subelet
Alimentación. Industrialización de huevos. CCT 678/2013. Particularidades de la actividad y liquidación de haberes

Jésica A. Nieva
Construcción. Empleados. CCT 660/2013. Rama General. UECARA. Particularidades de la actividad y liquidación de haberes

Laura Godoy
Remiseros. Provincia de Buenos Aires. Localidad de Quilmes. CCT 694/2014. Particularidades de la actividad y liquidación de haberes

Sergio G. Dotti
Impuesto a las ganancias. Tratamiento de las deducciones generales y personales para trabajadores en relación de dependencia. Período fiscal 2017

Daniel G. Pérez
Las jubilaciones y pensiones en el impuesto a las ganancias a partir de las modificaciones de la ley 27346

Pablo A. Figueredo
Aportes y contribuciones. Declaraciones juradas rectificativas. Se incrementa el plazo para la convalidación de saldos a favor del empleador

Fuente: Errepar -  Liquidación de Sueldos Nº 134


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CRONISTA - FISCAL & PROFESIONAL -



El salario mínimo, vital y móvil garantizado por el art. 14 bis de la Constitución Nacional y previsto por el art. 116 de la ley de contrato de trabajo (Ley 20744 t. o. 1976) es determinado por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil teniendo en cuenta los datos de la situación socioeconómica, los objetivos del instituto y la razonabilidad de la adecuación entre ambos.


BOLETÍN OFICIAL - RESOLUCIÓN


Resolución General 4087-E
Procedimiento. Sistema Registral. Estados Administrativos de la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.). Acceso a los servicios con Clave Fiscal. RG N° 3.832. Su modificación.