17 jul 2015

IPROFESIONAL

A PARTIR DE AGOSTO SE LES EXIGIRÁ CONTABILIDAD A CONSORCIOS E IGLESIAS
Se exigirá contabilidad a sociedades, iglesias, consorcios de propiedad horizontal, titulares de empresa y otras "personas humanas con actividad económica organizada".


FALLO A FAVOR DE LA AFIP: SERA OBLIGATORIO ACEPTAR EL PAGO CON TARJETA DE CRÉDITO
La Justicia falló a favor del organismo al considerar que no hay ninguna prueba de que esta regulación de la AFIP viole los derechos de los contribuyentes.

ARBA AMPLIA LA CAPACIDAD DE REALIZAR TRANSACCIONES POR INTERNET


Las instalaciones del nuevo centro de cómputos, que será uno de los más modernos del país, posibilitarán a ARBA migrar la información tributaria y catastral que hasta el momento se procesaba, con ciertas limitaciones técnicas y de espacio.

INGRESOS BRUTOS: EN UN FALLO CLAVE, DECLARAN INCONSTITUCIONAL LAS RETENCIONES A EMPRESAS PORTEÑAS CON SALDO A FAVOR
La Justicia entendió que la normativa vigente no contiene un mecanismo de exclusión para casos en los que se paguen impuestos de más. De esta manera, queda demostrado que se vulnera el derecho a la propiedad de los particulares y empresas.


Fuente: Iprofesional.com

30 jun 2015

ÁMBITO FINANCIERO - NOVEDADES FISCALES

LA GENERALIZACIÓN DE LA FACTURA ELECTRÓNICA: ASPECTOS ESENCIALES 

La generalización de la Factura Electrónica ha sido dispuesta por la RG (AFIP) 3.749 (BO 11/03/15), la cual en sus considerandos refiere a la intención de intensificar el uso de herramientas informáticas por parte del fisco, con miras a optimizar las funciones de fiscalización de los gravámenes a su cargo, a la vez que remarca que también representará un paso adelante en la lucha contra el uso de las facturas apócrifas.




FUENTE: WWW.AMBITO.COM

CRONISTA - OPINIÓN

SOCIEDADES ANÓNIMAS UNIPERSONALES Y EL NUEVO CÓGIGO CIVIL Y COMERCIAL

sta figura está contemplada en la modificación a la LSC 19.550, específicamente en su Art. 1: "Habrá sociedad cuando una, o mas personas en forma organizada...". Queda claro entonces que se elimina el requisito de la pluralidad de socios para constituir una SA., lo que a su vez ha llevado a la modificación de otros artículos de la LSC, ahora denominada ‘Ley General de Sociedades’, para adaptarla a estos y otros cambios, que no son objeto de esta nota. 



FUENTE: WWW.CRONISTA.COM